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El insólito motivo por el que la Conmebol multó a River Plate

La Confederación Sudamericana de Fútbol le impuso una multa económica al Millonario por no haber respetado el reglamento en cuanto al riego de la cancha. Enterate de qué se trata. 

Por Matias García

La Confederación Sudamericana de Fútbol le impuso una multa económica al Millonario por no haber respetado el reglamento en cuanto al riego de la cancha. Enterate de qué se trata. 

En la previa del partido de ida entre River Plate y Atlético Mineiro, en el Monumental, por los cuartos de final de la Copa Libertadores de América, la Confederación Sudamericana de Fútbol (Conmebol) le impuso una multa económica al club de Núñez por una insólita razón. 

En específico, la Conmebol sancionó al Millonario por no respetar el reglamento respecto del riego de la cancha en el histórico partido ante Independiente Santa Fe en fase de grupos, cuando Enzo Pérez se vistió de arquero y el equipo logró una victoria por 2-1 sin suplentes. 

Debido a que no cumplieron con las normas, que obligan a regar el campo de una manera determinada y en un momento indicado según las condiciones climáticas, la institución deberá pagar 5.000 dólares. Además, recibió una advertencia por el incumplimiento en el artículo 8, que se refiere a la "zonificación del estadio durante el partido". 

 

El comunicado oficial

 

El Juez Único de La Comisión Disciplinaria de la CONMEBOL,
RESUELVE

1º. IMPONER al CLUB ATLÉTICO RIVER PLATE una multa de USD 5.000 (CINCO MIL DÓLARES
ESTADOUNIDENSES) por la infracción al artículo 5.6.3 del Manual de Clubes de la CONMEBOL
Libertadores 2021. El monto de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por
el CLUB ATLÉTICO RIVER PLATE de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o
Patrocinio.

2º. IMPONER al CLUB ATLÉTICO RIVER PLATE una multa de Advertencia por la infracción al Capítulo
08 del Protocolo de Operaciones de las Competiciones de Clubes de la CONMEBOL 2021 –
Zonificación del Estadio – Acreditación - Actividades Del Match Day – Día Del Partido (Zona Técnica
y alrededores del campo de juego).

3º ADVERTIR expresamente al CLUB ATLÉTICO RIVER PLATE que en caso de reiterarse cualquier
infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el presente
procedimiento será de aplicación lo dispuesto en el Art. 31 del Código Disciplinario de la CONMEBOL,
y las consecuencias que del mismo se pudieran derivar.

4º. NOTIFICAR y cumplido archivar.

Contra esta decisión no cabe recurso.

Eduardo Gross Brown
Presidente
Comisión Disciplinaria

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